Chaleco y guantes obligatorios en moto desde el 1 de octubre

Publicado: 01/10/2026 12:43:08 - Categorías: Boutique Motociclista , Consejos

Desde el 01/10/2026, toda motocicleta debe llevar a bordo un chaleco reflectante de alta visibilidad, y conductor y pasajero están obligados a usar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier vía, ciudad incluida. Lo establece el Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE el 26/06/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación y el de Vehículos. No llevar guantes o calzado cerrado cuando toca es una infracción grave de 200€ (100€ con pronto pago).

Cambios normativos de seguridad en moto a partir de octubre 2026.

El chaleco no hay que llevarlo puesto mientras conducís (salvo que la moto sea vuestra herramienta de trabajo): hay que llevarlo en la moto y ponéroslo si os bajáis y pisáis la calzada o el arcén de una carretera. Hasta aquí lo que ya habréis leído. Lo que conviene saber antes de salir a comprar es qué guante vale de verdad, qué zapato os puede costar una multa en la ciudad y dónde se mete un chaleco en una moto que no tiene ni guantera.

¿A quién le afecta cada obligación?

La norma no trata igual a todos los que van en dos ruedas. Esta tabla resume qué os toca según vuestro caso, con el texto del BOE en la mano:

SituaciónChalecoGuantesCalzado cerrado
Conductor de moto particular Llevarlo en la moto; ponérselo al bajar a la calzada o el arcén en vía interurbana Obligatorios en vías interurbanas Obligatorio en todas las vías
Pasajero de moto No se le exige ponérselo Obligatorios en vías interurbanas Obligatorio en todas las vías
Conductor de ciclomotor particular El BOE solo lo incluye en la dotación de las motocicletas Obligatorios en vías interurbanas Obligatorio en todas las vías
Repartidor o mensajero (moto o ciclomotor) Puesto siempre que circule, en cualquier vía Obligatorios en vías interurbanas Obligatorio en todas las vías
Vehículo con estructura de autoprotección y cinturón (según su tarjeta ITV) Según el tipo de vehículo Exento Exento

Dos detalles que se escapan en la mayoría de resúmenes. El primero: la obligación de llevar el chaleco se añade al anexo XII del Reglamento General de Vehículos y habla solo de "motocicletas", así que el ciclomotor de uso particular queda fuera de esa dotación según el texto literal, veremos si este punto no suscita ningún tipo de controversia. El segundo: basta con un chaleco por moto, porque la obligación de ponérselo recae en el conductor, por ahora y así se interpreta del texto actual.

¿Qué guantes valen desde el 1 de octubre?

Aquí hay bastante confusión. Muchos titulares hablan de "guantes homologados", pero el BOE no exige hoy ninguna norma concreta. El nuevo artículo 118 dice:

"b) Guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas. La persona titular del Ministerio del Interior podrá, por orden, establecer las especificaciones técnicas que habrán de cumplir dichos guantes de protección."

Y esa orden todavía no existe. Mientras tanto, la disposición transitoria segunda fija el criterio:

"Hasta que no entre en vigor la orden de la persona titular del Ministerio del Interior que regule las especificaciones técnicas de los guantes de protección [...] a) Se utilizarán guantes de protección de las mismas características que los que se usan en la actualidad."

Traducido al mostrador: los guantes de moto que ya tenéis os sirven. Unos guantes de lana o de jardinería, no. El agente que os pare en carretera va a mirar si lo que lleváis es un guante de moto, y la forma más sencilla de demostrarlo es la etiqueta.

La etiqueta que conviene buscar: EN 13594

Los guantes de moto que se venden como equipo de protección llevan marcado CE y la norma EN 13594 en la etiqueta interior. Es la referencia más lógica para una futura orden ministerial, así que comprar hoy un guante certificado es comprar con margen. La etiqueta os dice además cuánto protege:

  • Nivel 1: protección básica frente a abrasión y corte. Suficiente para ciudad y trayectos cortos por carretera.
  • Nivel 2: más resistencia a la abrasión y mejor sujeción en la muñeca. Es lo que tiene sentido para autovía, viajes o conducción deportiva.
  • KP junto al número (1KP, 2KP): lleva protección de nudillos certificada.

En el catálogo de guantes de moto hay modelos de verano de By City desde unos 20€, opciones de LS2 entre 35€ y 45€ y guantes Dainese por encima de 50€. Si vais a comprar ahora, pensad en la temporada que empieza: un guante de rejilla fino en noviembre os va a durar dos salidas antes de que lo cambiéis por uno de invierno. Y si dudáis entre dos tallas, en cómo elegir la talla de los guantes de moto tenéis cómo mediros la mano.

¿Y si voy con puños calefactables o cubremanos?

No sustituyen al guante. Los cubremanos y los puños calefactables son comodidad, no protección: en una caída la mano sale del cubremanos y toca asfalto igual. La norma pide guantes de protección puestos, así que lo que lleve el manillar no os libra de la multa.

¿Qué cuenta como calzado cerrado?

El texto es escueto: "calzado cerrado, que cubra todo el pie". Y rige en todo tipo de vías, también en ciudad. Es el cambio que más va a notar quien usa el scooter para ir a la playa o al trabajo en verano.

  • Os pueden multar: chanclas, sandalias, zuecos abiertos por detrás, alpargatas destalonadas o cualquier zapato que deje al aire dedos o talón.
  • Cumplen la letra de la norma: zapatillas deportivas, zapatos cerrados y, por supuesto, botas de moto.
  • Protegen de verdad: botas o botines de moto con refuerzo en tobillo, puntera y talón. Una zapatilla de lona cumple la norma, pero en un derrape se deshace en cuestión de metros.

Para uso diario en ciudad, un botín urbano de moto con protección de tobillo es el término medio que más se vende: parece una zapatilla y aguanta una caída a baja velocidad. Los tenéis en la sección de botas de moto, junto a las botas de carretera y las racing.

El chaleco: cuál comprar y cuándo ponéroslo

El chaleco que exige la norma es el mismo tipo que ya lleváis en el coche: una prenda de alta visibilidad que cumpla los requisitos de los equipos de protección individual. En la práctica, eso significa marcado CE y la norma EN ISO 20471 en la etiqueta, normalmente en clase 2. El texto del artículo 118.4 dice cuándo hay que usarlo:

"Los conductores de motocicletas [...] deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad, de acuerdo con los requisitos de los equipos de protección individual, que figura entre la dotación obligatoria del vehículo, cuando salgan de éste y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas."

Es decir: pinchazo en una nacional, avería en el arcén de la autovía o parada para atender un accidente. Si os bajáis en una calle de la ciudad o en el aparcamiento de un área de servicio, no es obligatorio (aunque de noche en una gasolinera mal iluminada tampoco sobra).

¿Qué diferencia hay entre un chaleco de 6€ y uno de 50€?

Los dos cumplen la ley si llevan su certificación. La diferencia está en el uso. En la sección de seguridad vial tenéis los dos extremos:

  • Chaleco DrivON clase 2 (unos 6€): el básico de toda la vida. Se pliega en muy poco espacio y cumple la obligación de llevarlo en la moto. Para la mayoría de motoristas particulares es suficiente.
  • GIVI Trekker Vest (unos 48€): pensado para ponerse encima de la chaqueta de moto y llevarlo mientras se conduce, con ajuste para que no ondee a velocidad. Tiene sentido para repartidores, que están obligados a llevarlo puesto, y para quien hace muchos kilómetros de noche o con niebla.

Un error frecuente: comprar un chaleco de talla única de coche y descubrir, el día que lo necesitáis, que no cierra encima de una chaqueta de moto con protecciones. Probadlo con la ropa de invierno puesta antes de guardarlo.

¿Dónde meto el chaleco si mi moto no tiene hueco?

La falta de espacio no os exime: la norma dice que la moto debe llevarlo y no distingue entre un maxiscooter y una deportiva sin hueco bajo el asiento. Según el tipo de moto, estas son las opciones que mejor funcionan:

  • Scooter con hueco bajo el asiento: el sitio natural. Guardadlo en una bolsita para que no se ensucie de grasa ni se rompa con el casco encima.
  • Moto con baúl o maletas: en el baúl, siempre en el mismo sitio. Si quitáis el baúl para ir por ciudad, acordaos de sacar el chaleco antes.
  • Naked o deportiva sin espacio: debajo del colín si cabe doblado (un chaleco básico ocupa poco más que una cartera), en una bolsa de sillín pequeña o en una bolsa de depósito.
  • Sin ningún accesorio: en el bolsillo interior de la chaqueta o en la mochila. El riesgo es que cambiéis de chaqueta y el chaleco se quede en casa.

Nuestra recomendación: que el chaleco viva en la moto, no en la ropa. Así no depende de que os acordéis de cambiarlo de bolsillo.

¿Cuánto cuesta no cumplir?

Las cifras que maneja la DGT y la prensa especializada son estas:

  • Sin guantes en vía interurbana: infracción grave, 200€.
  • Sin calzado cerrado en cualquier vía: infracción grave, 200€.
  • No poneros el chaleco al bajar al arcén o la calzada en vía interurbana: 200€.
  • Repartidor circulando sin el chaleco puesto: 200€.
  • No llevar el chaleco en la moto: aquí las fuentes no coinciden. Hay quien habla de denuncia por falta de dotación obligatoria (hasta 80€) y quien la equipara a los 200€. En cualquier caso, un chaleco de 6€ sale bastante más barato.

Pagando en los primeros 20 días naturales, la multa se reduce a la mitad.

Lo que también cambia y conviene tener en el radar

El mismo Real Decreto trae otras dos novedades para las dos ruedas:

  • Casco homologado en ciclomotores: el casco tiene que estar homologado conforme al Reglamento UNECE R22, no solo certificado. Los usuarios de ciclomotor tienen un año de margen, hasta el 01/10/2027. Si no sabéis qué pone la etiqueta del vuestro, en tipos de homologaciones en cascos de moto está explicado cómo leerla.
  • Circular por el arcén en atascos: se podrá habilitar en tramos señalizados, solo con el tráfico detenido, en fila de a uno y a un máximo de 30 km/h. No es un permiso general: si el tramo no está señalizado, sigue sin poderse.

Antes de salir el 1 de octubre

Una comprobación de dos minutos en el garaje:

  • Mirad la etiqueta de vuestros guantes. Si pone EN 13594, estáis cubiertos hoy y probablemente cuando salga la orden. Si no tiene etiqueta o son guantes de calle, toca cambiarlos antes de la próxima salida por carretera.
  • Revisad qué calzado usáis para los trayectos cortos por ciudad. Es el cambio que más se nota en verano, cuando más chanclas se ven en el scooter.
  • Meted un chaleco EN ISO 20471 en la moto (no en la chaqueta) y probad que os cierra encima de la ropa de moto.
  • Si vuestro pasajero sale con vosotros por carretera, también necesita sus guantes y calzado cerrado: la obligación es para conductor y pasajero por igual.

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